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Normativa 2023 sobre plásticos desechables: todo lo que debes saber

45 céntimos de euro por cada kilo de plástico no reciclado en el producto. Ese es el tipo impositivo del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Se trata de un nuevo impuesto medioambiental que se aplicará desde el 1 de enero de 2023.

Pero ¿qué productos tributan por él? ¿Cuáles quedan exentos? ¿Cómo se acredita la cantidad de plástico virgen en el producto? ¿Quién debe pagarlo? Resumimos en esta breve entrada los principales detalles que introduce la nueva normativa sobre plástico desechable.

normativa e impuesto europeo al plástico desechable

Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular (LRSC)

El 10 de abril de 2022 entró en vigor una nueva ley de residuos y suelos contaminados, que deroga la anterior de 2011. Sin embargo, el Título VII de la Ley 7/2022, en el que se establecen medidas fiscales para incentivar la economía circular, no lo hará hasta el 1 de enero de 2023.

La ley tiene como objetivo reducir el impacto de la gestión de residuos en la salud humana y el medio ambiente. Persigue, asimismo, hacer un uso eficiente de los recursos y pone el foco en la lucha contra el cambio climático y la basura marina.

Para ello el citado título establece dos impuestos. Por un lado, el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, al objeto de desincentivar tales depósitos. Por otro, el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, que a continuación detallamos.

Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

La finalidad de este nuevo impuesto medioambiental consiste en reducir los residuos generados por el consumo de envases de plástico no reutilizables, así como fomentar el reciclaje de plástico. Se espera, por tanto, que contribuya a la circularidad de dicho material.

El impuesto se aplica a envases no reutilizables que contengan plástico. También recae, entre otros, sobre productos destinados a cerrar, presentar y comercializar dichos envases.

¿Qué se entiende por envase?

La definición de envase que se tiene en cuenta es la de la Directiva 94/62/CE. Su transposición (es decir, la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases) define el concepto en cuatro párrafos. El primero de ellos dice así:

Envase: todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se consideran también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin. Dentro de este concepto se incluyen únicamente los envases de venta o primarios, los envases colectivos o secundarios y los envases de transporte o terciarios.

Cálculo de la base imponible

La cantidad de plástico no reciclado del producto constituye la base imponible del impuesto. La cuota íntegra se obtiene al multiplicar esta por el tipo impositivo (de 0.45 € / kg).

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando parte del producto es de plástico reciclado? Para el cálculo de la base imponible, solamente se tiene en cuenta el porcentaje de plástico virgen.

Por ejemplo, la cuota se reduce a la mitad para un envase fabricado con un 50 % de plástico virgen y otro 50 % de reciclado.

La cantidad de plástico no reciclado debe certificarla una entidad acreditada para ello. No obstante, según informa la Agencia Tributaria, se admitirá de forma transitoria (el año 2023 completo) una declaración responsable firmada por el fabricante.

Exenciones

Las exenciones se recogen en el Artículo 75 de la referida ley. Figuran como productos exentos, por ejemplo, los envases destinados a contener alimentos para uso médico o residuos peligrosos de origen sanitario.

Contribuyentes

¿Quién paga este impuesto? Cuando el hecho imponible tiene lugar al fabricar el producto, el contribuyente es el fabricante; si se trata de importación o adquisición intracomunitaria, lo son, respectivamente, el importador o el adquirente y, por último, en caso de tenencia irregular, quienes lo posean, comercialicen, transporten o usen.

Conclusiones

España aspira a la neutralidad de carbono para 2050. Junto con el Reino Unido e Italia es uno de los primeros países en aplicar el impuesto sobre plástico de un solo uso.

¿Cómo afectará el impuesto al ciudadano? La normativa no dice nada al respecto. Así pues, si el aumento de costes se traslada al precio final, solo depende de fabricantes e importadores. En todo caso, unos y otros pueden hacer frente al impuesto apostando por alternativas más ecológicas, por ejemplo, por materiales elaborados total o parcialmente con plástico reciclado.

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